“PRIMERAS MEDIDAS Y REAPERTURA EN FASE CERO”

“PRIMERAS MEDIDAS Y REAPERTURA EN FASE CERO”

Se abre la nueva etapa hacia lo que se ha llamado “la Nueva Normalidad”, con la entrada en vigor el lunes 4 de Mayo de cinco -5- Órdenes Ministeriales, de las que trasladamos en esta noticia las tres -3- que recogen las normas de aplicación a los territorios que se encuentran en la Fase 0, estando dedicadas las otras dos -2- a territorios menos afectados por el COVID-19 y más avanzados en la “desescalada” –las Islas de Formentera, La Gomera, El Hierro y la Graciosa- y situaciones especiales para Ceuta y Melilla.

En la presente noticia comentamos la normativa que afecta a la fase cero con entrada en vigor el 4 de Mayo, y adjuntamos también el texto completo de su publicación en el BOE.

 

I N D I C E

  • Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado”. De lectura obligatoria para las empresas de servicios, comercio minorista, restauración y hostelería, con locales inferiores a 400 m2 y que no estén en un centro comercial.
  • Nota del Ministerio de Trabajo del 1 de Mayo de 2020 en relación a la flexibilización del funcionamiento de los ERTEs COVID-19 por Fuerza Mayor durante la fase de “desescalada”.
  • Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo,por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad.
  • Orden SND/385/2020, de 2 de mayo,por la que se modifica la Orden SND/ 340/2020, de 12 de abril, por la que se suspenden determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes en las que exista riesgo de contagio por el COVID-19 para personas no relacionadas con dicha actividad”. De lectura obligatoria para las empresas de la construcción y auxiliares.

 

Para ir a BOE de la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo Descarga el PDF adjunto

Para ir a BOEde la Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo  Descarga el PDF adjunto

Para ir a BOE de la Orden SND/385/2020, de 2 de mayo Descarga el PDF adjunto

Para ir a la Nota de Criterios del Ministerio de Trabajo en relación a la interpretación de los ERTEs en fase de desescalada.  Descarga el PDF adjunto

Durante la vigencia del estado de alarma y hasta que vuelva a restablecerse plenamente la libertad deambulatoria, no podrán formalizarse los instrumentos notariales a que se refiere el apartado 2. No obstante, ello no suspenderá la aplicación de la moratoria, que deberá aplicarse automáticamente, se haya formalizado o no aún dicha suspensión en el instrumento correspondiente.

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